Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si debe aplicarse el decreto N° 1.093, de 2003, del Ministerio de Obras Públicas, que contiene el Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas, a resoluciones que aprobaban gastos derivados de modificaciones de contratos suscritos entre la empresa sanitaria ESVAL S.A. y particulares, en el marco del programa de agua potable rural de 2009. El organismo concluyó que dicho reglamento solo es aplicable a los contratos de obras públicas celebrados directamente por el Ministerio de Obras Públicas, sus direcciones y servicios. Como los acuerdos fueron suscritos entre ESVAL S.A. y particulares, y la jurisprudencia administrativa (dictámenes N°s 5.604 y 29.127, de 2008) los calificó como contratos entre particulares, sus modificaciones no están sujetas a las visaciones que exige ese reglamento.