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La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la Dirección de Previsión…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile debe financiar una cirugía bariátrica a una afiliada. Según el dictamen, el artículo 9° del decreto ley N° 844 de 1975 y el reglamento contenido en el decreto N° 509 de 1989 del Ministerio de Defensa facultan a la institución para otorgar beneficios médicos sujetos a limitaciones, y la resolución interna N° 50 de 2014 fija su participación solo en prestaciones de medicina curativa, excluyendo las intervenciones estéticas. Como la institución informó que la cirugía reviste carácter estético, concluyó que no está obligada a concurrir a su pago, ya sea en su hospital institucional o en el centro privado con convenio, por lo que la afiliada puede realizarla en el recinto de salud de su preferencia.

Normas citadas

  • dl 844/75 art/9
  • dto 509/89 Defen art/sexto
  • dto 509/89 Defen art/décimo quinto
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Debe la Dirección de Previsión de Carabineros financiar una cirugía bariátrica a una afiliada?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no está obligada a financiarla, porque la institución informó que la cirugía tiene carácter estético y su resolución interna solo cubre prestaciones de medicina curativa. Por eso, la afiliada puede realizarla en el recinto de salud de su preferencia.

¿Puede Carabineros limitar los beneficios médicos de sus afiliados a prestaciones curativas?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el artículo 9° del decreto ley N° 844 de 1975 y el reglamento del decreto N° 509 de 1989 facultan a la institución para otorgar beneficios médicos sujetos a limitaciones. Su resolución interna fija la participación solo en medicina curativa, excluyendo las intervenciones estéticas.

¿Qué ocurre si una prestación médica tiene carácter estético en el sistema de salud de Carabineros?

En este caso, la Contraloría resolvió que, al tener la cirugía carácter estético, la institución no está obligada a concurrir a su pago, ni en su hospital institucional ni en el centro privado con convenio. La exclusión de intervenciones estéticas se basa en la resolución interna N° 50 de 2014.

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