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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una persona solicitant…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una persona solicitante contra el Servicio de Salud Metropolitano Central, por la falta de respuesta oportuna a una solicitud de datos estadísticos sobre la aplicación del procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales legales, entre enero de 2018 y agosto de 2022. El órgano entregó la información recién durante la tramitación del amparo, fuera del plazo del artículo 14 de la Ley de Transparencia, por lo que el Consejo tuvo por extemporáneamente cumplida su obligación. Como no constaba la remisión de los antecedentes a la requirente, ordenó, en virtud del principio de facilitación del artículo 11 letra f), entregarle copia del escrito de descargos y de los anexos acompañados. Además, representó al director del Servicio la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la ley, para que adopte medidas que eviten su reiteración.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio N° 1077
  • Oficio N° 978
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano de la administración del Estado responde una solicitud de transparencia fuera de plazo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia tuvo por extemporáneamente cumplida la obligación de responder, porque el Servicio de Salud entregó la información recién durante la tramitación del amparo, fuera del plazo del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

¿Qué puede hacer el Consejo para la Transparencia si no consta que el órgano haya enviado los antecedentes al solicitante durante un amparo?

En este caso, el Consejo ordenó, en virtud del principio de facilitación del artículo 11 letra f), entregar a la requirente copia del escrito de descargos y de los anexos acompañados, ante la falta de constancia de su remisión.

¿El Consejo para la Transparencia puede sancionar la demora en responder solicitudes de información de un servicio público?

En este caso, el Consejo no impuso sanción, sino que representó al director del Servicio la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia, para que adopte medidas que eviten su reiteración.

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