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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por un ciudadano en contra d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por un ciudadano en contra del Hospital San Juan de Dios de La Serena, por la denegación de información sobre la nómina de médicos anestesiólogos con horarios flexibles, su fundamento y detalle, y los registros de asistencia. El Consejo resolvió que se trataba de información de naturaleza pública, que no constaba su entrega al solicitante y que el organismo no alegó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que justificaran la negativa. En consecuencia, ordenó la entrega de lo requerido, con apercibimiento de sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, y exigió acreditar la entrega efectiva. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un hospital público puede negarse a entregar información sobre horarios y registros de asistencia de sus médicos si no invoca una causal de secreto o reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que la información era pública, que no constaba su entrega y que el hospital no alegó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva, por lo que ordenó su entrega.

¿Qué pasa si un organismo público no entrega la información que el Consejo para la Transparencia ordenó entregar?

En este caso, el Consejo ordenó la entrega con apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, y exigió acreditar la entrega efectiva.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, se señaló que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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