Resumen del criterio jurisprudencial
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural interpuso un reclamo de ilegalidad contra la decisión del Consejo para la Transparencia que acogió un amparo presentado por Raúl Esteban Santos, ordenando la entrega de información detallada sobre hallazgos arqueológicos que hubieren motivado la paralización de obras a nivel nacional. El Servicio argumentó que la información solicitada no se encuentra sistematizada y que su elaboración implicaría crear información nueva, con costos excesivos y distracción indebida de funcionarios. El Consejo para la Transparencia consideró que se trataba de una mera recopilación de antecedentes existentes. La Corte de Apelaciones rechazó el reclamo, señalando que no se acreditó la ilegalidad ni el costo excesivo, y que la información requerida puede ser obtenida a partir de los registros del Servicio. La decisión confirmó la obligación de informar, ordenando al Servicio adoptar las medidas necesarias para cumplir con lo resuelto por el Consejo para la Transparencia.