Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Conchalí por una solicitud de información sobre sumarios administrativos iniciados durante 2017 y 2018 por casos de acoso sexual en ese municipio. El Consejo ordenó entregar el motivo, la fecha de inicio y el estado de dichos sumarios, por tratarse de información pública cuya divulgación no menoscaba la investigación, de modo que no queda amparada por la reserva del artículo 135 del Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales, aplicando criterios de decisiones anteriores. Sin embargo, rechazó el amparo en cuanto a la identidad de los funcionarios sumariados, por estimar que su divulgación afectaría de forma presente o probable y con suficiente especificidad su vida privada, conforme al artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en relación con la Ley N° 19.628. Para la parte de la entrega ordenada, el municipio debe cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal.