Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara no ha lugar por extemporáneo el reclamo interpuesto en contra de una multa aplicada conforme a denuncia infraccional, en procedimiento efectuado sin audiencia conforme al artículo 187 de la ordenanza de aduanas, considerando que al tiempo de interposición del libelo principal, ya había transcurrido el plazo reclamar judicialmente.