Resumen del criterio jurisprudencial
Para que sea aplicable la exención contenida es la norma se requiere que el contribuyente haya informado, en tiempo y forma, la operación al servicio de de impuetsos internos. no existe vulneración del principio de reserva legal, toda vez que es la propia ley quién faculta a la administración tribuataria para establecer un plazo, lo cual se encuentra regulado en resolución exenta n° 148 del año 2006.