La Contraloría General de la República se pronunció sobre la obligación de la Municipal…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2017
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la obligación de la Municipalidad de Cerro Navia de exigir la rendición de cuentas de la totalidad de los recursos transferidos a una sociedad receptora, o de requerir su restitución. El organismo señaló que, aunque los caudales dejen de tener naturaleza pública una vez traspasados, la entidad receptora debe invertirlos en el objeto legal para el cual fueron entregados y restituir los saldos no ejecutados u observados. En el caso concreto, constató que la sociedad Demarco S.A. no había rendido cuenta de la totalidad de los recursos recibidos, por lo que ordenó a la municipalidad adoptar las medidas necesarias para que cumpla esa exigencia, requerir la restitución de los saldos no rendidos, y verificar que los recursos se destinaran a los trabajadores beneficiarios con desempeño en la comuna. La municipalidad deberá informar a la Unidad de Apoyo al Cumplimiento de la Contraloría Regional Metropolitana en un plazo de 20 días hábiles.
Normas citadas
res 759/2003 CONTR num/5/3
res 759/2003 CONTR num/3
res 759/2003 CONTR num/3/1
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Debe una municipalidad exigir rendición de cuentas por los recursos transferidos a una sociedad receptora?
Sí. En este caso, la Contraloría sostuvo que la Municipalidad de Cerro Navia debe exigir la rendición de la totalidad de los recursos transferidos a la sociedad receptora, o requerir su restitución, aunque los caudales dejen de ser públicos una vez traspasados.
¿Qué ocurre si una sociedad receptora no rinde cuenta de todos los recursos recibidos de un municipio?
En este caso, la Contraloría constató que la sociedad no había rendido cuenta de la totalidad de los recursos y ordenó a la municipalidad requerir la restitución de los saldos no rendidos y verificar su destino a los trabajadores beneficiarios.
¿En qué debe invertirse el dinero que un municipio transfiere a una entidad privada?
Según este dictamen, la entidad receptora debe invertir los recursos en el objeto legal para el cual fueron entregados y restituir los saldos no ejecutados u observados. La municipalidad debe informar a la Contraloría Regional Metropolitana en 20 días hábiles.
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Dictamen · Contraloría General de la República · 2014
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.