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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el bono de la ley N° 20.305 p…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el bono de la ley N° 20.305 para una ex funcionaria municipal que renunció voluntariamente en 2008. El artículo quinto transitorio de la ley exige que el cese se haya producido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, y que la solicitud se presente al jefe superior del servicio entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, bajo sanción de renuncia al beneficio. La recurrente cesó en la Municipalidad de La Cisterna, con renuncia aceptada mediante decreto de 2008, pero presentó su solicitud a su empleador fuera del plazo en noviembre de 2009. El organismo concluyó que, al haber manifestado oportunamente su voluntad de obtener el beneficio, aunque su tramitación no se hubiera realizado a tiempo, tendría derecho a la bonificación, siempre que cumpla los demás requisitos legales.

Normas citadas

  • ley 20305 art/1
  • ley 20305 art/quinto tran inc/2 lt/a ley 20305 art/quinto tran inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el bono de la ley 20.305 para un funcionario municipal que renunció en 2008 pero presentó la solicitud al empleador después del plazo?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la ex funcionaria, al haber manifestado oportunamente su voluntad de obtener el beneficio, tendría derecho a la bonificación, aunque su solicitud se tramitó fuera de plazo, siempre que cumpla los demás requisitos legales.

¿Qué plazo exige la ley 20.305 para cesar en el cargo y presentar la solicitud del bono?

En este caso, el organismo indicó que el artículo quinto transitorio exige que el cese se haya producido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, y que la solicitud se presente al jefe superior del servicio dentro del año 2009, bajo sanción de renuncia al beneficio.

¿Un funcionario municipal que renunció voluntariamente pierde el derecho al bono de la ley 20.305 si su solicitud llega tarde?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la tardanza en la tramitación no hace perder el derecho cuando la voluntad de obtener el beneficio fue manifestada oportunamente, lo que permitió a la recurrente mantener su derecho a la bonificación.

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