Administrativo

No procede designar en el lugar de los funcionarios a contrata, que cesen por alguna ca…

Resumen del criterio jurisprudencial

No procede designar en el lugar de los funcionarios a contrata, que cesen por alguna causal legal, a servidores traspasados a cargos de la misma naturaleza desde el régimen de honorarios en virtud de la ley N° 21.526, como tampoco reemplazar al personal traspasado al Código del Trabajo por aplicación de esa ley.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.