Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio Local de Educación Pública Maule Costa, por la negativa a entregar información solicitada por un particular. Lo pedido comprendía nóminas de dotación docente y de asistentes de la educación remitidas por municipalidades, cifras sobre percepción o conocimiento de situaciones de maltrato en establecimientos, antecedentes sobre encuestas o estrategias de gestión del ambiente escolar, información sobre el proceso de incorporación al órgano administrador de mutualidad, y material de apoyo a una presentación sobre la implementación del servicio. El Consejo estimó que esa información debe obrar en poder del órgano por sus funciones legales, que la respuesta fue incompleta y que no se aplicó el procedimiento del artículo 12 de la Ley de Transparencia ni se alegaron causales de reserva. Ordenó la entrega de lo requerido o, si la información no existe o no obra en poder del servicio, explicarlo y acreditarlo detalladamente en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte sanciones por incumplimiento, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.