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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio Local de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio Local de Educación Pública Maule Costa, por la negativa a entregar información solicitada por un particular. Lo pedido comprendía nóminas de dotación docente y de asistentes de la educación remitidas por municipalidades, cifras sobre percepción o conocimiento de situaciones de maltrato en establecimientos, antecedentes sobre encuestas o estrategias de gestión del ambiente escolar, información sobre el proceso de incorporación al órgano administrador de mutualidad, y material de apoyo a una presentación sobre la implementación del servicio. El Consejo estimó que esa información debe obrar en poder del órgano por sus funciones legales, que la respuesta fue incompleta y que no se aplicó el procedimiento del artículo 12 de la Ley de Transparencia ni se alegaron causales de reserva. Ordenó la entrega de lo requerido o, si la información no existe o no obra en poder del servicio, explicarlo y acreditarlo detalladamente en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte sanciones por incumplimiento, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Oficio N° 2370
  • Ley N° 18.575
  • Ley 21.040
  • Resolución Exenta N° 103
  • Artículo 12 de la ley 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un servicio público si no tiene la información que le piden por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó al Servicio Local de Educación Pública Maule Costa entregar lo requerido o, si la información no existe o no obra en su poder, explicarlo y acreditarlo detalladamente en la etapa de cumplimiento.

¿Se puede negar el acceso a información pública sin invocar una causal de reserva?

No. El Consejo estimó que el servicio dio una respuesta incompleta, no aplicó el procedimiento del artículo 12 de la Ley de Transparencia y no alegó causales de reserva, por lo que acogió el amparo.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información procede algún recurso?

Sí. En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, y que la decisión advierte sanciones por incumplimiento.

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