Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra del Servicio Local de Educación Pública Maule Costa, referido al tarjamiento realizado en la documentación entregada. Lo anterior, por cuanto el obrar del órgano requerido, al reservar dichos antecedentes se aviene a lo dispuesto en los artículos 21 N° 1 y N° 2 de la Ley de Transparencia, como asimismo con los preceptos de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida de la Vida Privada, respectivamente.