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La Contraloría General de la República desestimó un recurso de reconsideración interpue…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó un recurso de reconsideración interpuesto contra el oficio N° 13.458, de 2015, de la Contraloría Regional de Valparaíso, relativo a una docente de la Municipalidad de San Felipe. El dictamen ordena reconocer a la docente el derecho a la titularidad de su cargo conforme a la ley N° 20.804, considerando para el cálculo las actividades como profesional de la educación desde el 2 de diciembre de 1999, en el marco de la prórroga de la ley N° 19.648. Asimismo, dispone el pago de las remuneraciones correspondientes al período en que la docente estuvo indebidamente separada de sus funciones, pues la municipalidad no había dictado aún el acto que reconocía el beneficio, configurándose una causal de fuerza mayor que justificó sus inasistencias. La Contraloría fundamentó esta decisión en que no es admisible que el funcionario resulte perjudicado por errores de la Administración. La municipalidad deberá informar el cumplimiento a la Contraloría Regional en el plazo de 20 días hábiles.

Normas citadas

  • ley 20804
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Una docente municipal tiene derecho a la titularidad de su cargo conforme a la ley 20.804 si ya ejercía como profesional de la educación antes de esa ley?

En este caso, la Contraloría General de la República ordenó reconocer a la docente el derecho a la titularidad de su cargo conforme a la ley 20.804, considerando para el cálculo sus actividades como profesional de la educación desde una fecha anterior, en el marco de la prórroga de la ley 19.648.

¿Debe pagarse el sueldo a un docente que estuvo separado de sus funciones por un error de la municipalidad?

En este caso, la Contraloría dispuso el pago de las remuneraciones del período en que la docente estuvo indebidamente separada de sus funciones, porque la municipalidad no había dictado aún el acto que reconocía el beneficio, lo que configuró una causal de fuerza mayor que justificó sus inasistencias.

¿Puede un funcionario resultar perjudicado por errores de la Administración en el reconocimiento de sus derechos?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no es admisible que el funcionario resulte perjudicado por errores de la Administración, por lo que la municipalidad debe informar el cumplimiento de lo ordenado a la Contraloría Regional en el plazo de 20 días hábiles.

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