Administrativo

Procede que la Superintendencia de Educación pondere de forma previa los hechos de que…

Resumen del criterio jurisprudencial

Procede que la Superintendencia de Educación pondere de forma previa los hechos de que tome conocimiento, para determinar si configuran o no una infracción y, en su caso, opere el mecanismo de la mediación, o bien, otra medidas. Todo ello, sin perjuicio de su coordinación con el Ministerio de Educación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.