Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la interrupción de las activi…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la interrupción de las actividades docentes en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, originada en paralizaciones estudiantiles durante 2011. El Ministerio de Educación indicó no tener competencia para pronunciarse por la autonomía universitaria, y el Rector informó que las clases se habían retomado, que se recalendarizaban los semestres y que los alumnos rendían exámenes. Por ello, el Organismo estimó la situación superada. No obstante, recordó que la Universidad forma parte de la Administración del Estado conforme a la ley N° 18.575, debe promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente, y está sujeta a su fiscalización. En consecuencia, dispuso que la Universidad deberá adoptar, en lo sucesivo, las medidas necesarias para cumplir sus funciones propias en situaciones similares.

Normas citadas

  • Ley 18575 art/1
  • ley 18575 art/3
  • pol art/98
  • pol art/99
  • ley 10336
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría fiscalizar a una universidad estatal si se interrumpen sus clases por paralizaciones estudiantiles?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la Universidad de Chile forma parte de la Administración del Estado conforme a la ley N° 18.575 y está sujeta a su fiscalización. Por eso, aunque estimó superada la situación, dispuso que la Universidad adopte medidas para cumplir sus funciones propias en situaciones similares.

¿Qué pasa con la continuidad de las clases universitarias cuando hay paralizaciones estudiantiles?

En este caso, la Contraloría constató que las clases se habían retomado, que los semestres se recalendarizaron y que los alumnos rendían exámenes, por lo que estimó la situación superada. Sin embargo, recordó que la universidad debe promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente.

¿Tiene el Ministerio de Educación competencia para pronunciarse sobre la interrupción de actividades en una universidad autónoma?

En este caso, el Ministerio de Educación indicó no tener competencia para pronunciarse por la autonomía universitaria. La Contraloría, en cambio, se pronunció sobre la situación y recordó la sujeción de la universidad a su fiscalización.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2011 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de un ex alumno de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una denuncia contra la Univer…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Contraloría General de la República analizó una presentación que denunciaba supuesta…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República dictaminó que los integrantes del Consejo Univer…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2020

  • La Contraloría General de la República dictaminó que las universidades estatales, como…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2025

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.