Resumen del criterio jurisprudencial
El 9 de septiembre de 2026 la Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, resolvió una acción constitucional de protección interpuesta por Luis Rafael Madriz Irima contra el Servicio Nacional de Migraciones. El recurrente alegó que el Servicio había incurrido en omisión al no pronunciarse sobre un recurso administrativo relacionado con una solicitud de visa temporal, vulnerando los principios de celeridad, conclusivo, economía procedimental e inexcusabilidad establecidos en la Ley N° 19.880. La Corte constató que la autoridad había dilatado la decisión más allá del plazo del artículo 27 de dicha ley, lo que constituye una violación al principio de igualdad consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución. En consecuencia, se revocó la sentencia apelada y se acogió el recurso de protección, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones emitir una resolución dentro de sesenta días corridos. El Ministro Gonzalo Ruz L. votó en contra de la decisión, proponiendo confirmar la sentencia en alzada. La resolución quedó notificada el mismo día de su pronunciamiento.