Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Prestaciones Médicas, Secuelas

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Prestaciones Médicas. Covid-19. Con cargo al seguro de accidentes del trabajo y enfermeddaes profesionales, se debe continuar otorgando las prestaciones médicas necesarias, en un cuadro secuelar a SARS Cov 2, de origen laboral, para obtener una recuperación del cuadro clínico que presente la trabajadora.

Ley N° 16.744Prestaciones MédicasSecuelas

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.