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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subse…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría del Interior, al considerar que los oficios solicitados constituyen información pública referida a actos administrativos de un órgano del Estado. El organismo no entregó los antecedentes requeridos ni alegó causales de secreto o circunstancias que justificaran su reserva. En consecuencia, se ordenó la entrega de los oficios en las materias y el período indicados, con anonimización de los datos sensibles que pudieran contener, en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal. Se excluyó de la orden lo referido a aspectos de inteligencia, conforme al artículo 33 letra j) de la Ley de Transparencia. Se rechazó el amparo respecto de las respuestas de Carabineros de Chile, a las que se derivó parte de la solicitud. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
amparoDecisión de FondoOrden y Seguridad Interior

Preguntas frecuentes

¿Son públicos los oficios de un órgano del Estado sobre actos administrativos, y debe entregarlos si no alega causal de secreto?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró que los oficios solicitados son información pública referida a actos administrativos y acogió el amparo. Como la Subsecretaría del Interior no alegó causales de secreto ni circunstancias que justificaran la reserva, ordenó su entrega con anonimización de los datos sensibles.

¿Puede un órgano del Estado negarse a entregar información invocando inteligencia?

En este caso, el Consejo excluyó de la orden de entrega los aspectos de inteligencia, conforme al artículo 33 letra j) de la Ley de Transparencia. El resto de la información requerida sí debía entregarse.

¿Qué ocurre si la solicitud de información se dirige a Carabineros y no al órgano que la solicitó?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de las respuestas de Carabineros de Chile y derivó parte de la solicitud a esa institución. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

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