Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre las medidas que adoptó el Instituto de Previsión Social tras el informe final N° 81, de 2012, que examinó pagos de pensiones no contributivas a exonerados políticos del sector civil. El organismo concluyó que resulta ajustado a derecho que el Instituto invalide las resoluciones que autorizaron pagos con subrogación cuando no se acreditaron los requisitos exigidos, conforme al artículo 53 de la ley N° 19.880, dentro del plazo de dos años desde la notificación o publicación del acto. Sin embargo, precisó que esa facultad no autoriza a suspender el pago de las pensiones, porque el acto que reconoció la calidad de exonerado político sigue vigente y solo puede ser invalidado por el organismo que lo dictó, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Tras revisar los antecedentes de dos agrupaciones de exonerados, concluyó que los procedimientos se ajustaban a los plazos y condiciones de la ley, pues se iniciaron dentro de los dos años siguientes a la notificación de los actos impugnados.