Resumen del criterio jurisprudencial
La parte recurrente interpuso un recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por haber confirmado el rechazo de sus licencias médicas y el subsidio por incapacidad laboral, alegando ilegalidad y arbitrariedad. La recurrida sostuvo que actuó dentro de su competencia y que la pretensión del recurrente carece de fundamento legal pues no tiene un derecho indubitado a las licencias y al subsidio. El tribunal examinó la normativa aplicable, especialmente el Decreto Supremo N°3 y la Ley N°16.395 modificada por Ley N°20.691, que otorgan a la Superintendencia facultades de supervigilancia y fiscalización. Se concluyó que la entidad recurrida se ajustó al marco legal y reglamentario, dejando constancia de los fundamentos médicos para rechazar el pago reclamado. Además, se precisó que la no realización de exámenes complementarios es una facultad del órgano y no vulnera la motivación del acto, y que los plazos legales limitan esas posibilidades. En definitiva, la Corte confirmó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección por no existir ilegalidad o arbitrariedad que vulnere las garantías invocadas.