Laboral

No existe impedimento legal para que las empresas excep­tuadas del descanso dominical e…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2000

Resumen

No existe impedimento legal para que las empresas excep­tuadas del descanso dominical en virtud del artículo 38 Nº 7 del Código del Trabajo, con­vengan con los trabajadores que se encuentren en la situa­ción allí prevista, una dis­tribución de la jornada ordi­naria de trabajo que implique laborar en días festivos, con el día de descanso compensato­rio correspondiente, y descan­sar en forma permanente los respectivos días domingo. Reconsidera doctrina con­tenida en Ordina­rio Nº 4294­/296, de 09.09.98, de esta Dirección, sólo en lo referido a la si­tuación prevista en el Nº 7 del artículo 38 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 38 del Código del Trabajo
  • Artículo 35 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.