La Dirección General de Aguas debe dejar invalidar resoluciones que denegaron solicitud…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2006
Resumen
La Dirección General de Aguas debe dejar invalidar resoluciones que denegaron solicitudes de aprovechamiento de aguas subterráneas, en calidad de permanentes requeridas por empresas en 1998. Ello, puesto que conforme a la normativa vigente a la época de presentación de tales solicitudes, debe distinguirse entre la existencia y la disponibilidad de aguas subterráneas.Para determinar la existencia de esas aguas, se debe comprobar, mediante las pericias técnicas correspondientes, que la obra de captación entregue el caudal o flujo requerido expresado en volumen por unidad de tiempo. Así, la existencia, se verifica en el alumbramiento que realiza cada interesado en su captación individual, y en el procedimiento administrativo es sólo esta existencia de aguas la que según la ley cabe probar por
Normas citadas
Ley 19.880
Código de Aguas
Ley 20.017
Código Civil
Artículo 60 del Código de Aguas
Ley 10017
DFL 725
Artículo 16° de la ley 19.880
ContraloríaCGRdictamenaguas
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