Administrativo

La Dirección General de Aguas debe dejar invalidar resoluciones que denegaron solicitud…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2006

Resumen

La Dirección General de Aguas debe dejar invalidar resoluciones que denegaron solicitudes de aprovechamiento de aguas subterráneas, en calidad de permanentes requeridas por empresas en 1998. Ello, puesto que conforme a la normativa vigente a la época de presentación de tales solicitudes, debe distinguirse entre la existencia y la disponibilidad de aguas subterráneas.Para determinar la existencia de esas aguas, se debe comprobar, mediante las pericias técnicas correspondientes, que la obra de captación entregue el caudal o flujo requerido expresado en volumen por unidad de tiempo. Así, la existencia, se verifica en el alumbramiento que realiza cada interesado en su captación individual, y en el procedimiento administrativo es sólo esta existencia de aguas la que según la ley cabe probar por

Normas citadas

  • Ley 19.880
  • Código de Aguas
  • Ley 20.017
  • Código Civil
  • Artículo 60 del Código de Aguas
  • Ley 10017
  • DFL 725
  • Artículo 16° de la ley 19.880
ContraloríaCGRdictamenaguas

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