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La Contraloría General de la República emitió un dictamen sobre funcionarios a contrata…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República emitió un dictamen sobre funcionarios a contrata de la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Biobío que, manteniendo la titularidad de sus cargos, fueron ascendidos en esas plazas a grados remuneratorios superiores a los de sus contratas. Los peticionarios reclamaron el pago retroactivo de las diferencias. El servicio sostuvo que no procedía. La Contraloría, citando el artículo 59 de la ley N° 18.834 y su jurisprudencia previa, concluyó que, si las rentas del nuevo empleo son mayores a las que el funcionario percibe por la contrata que ejerce, corresponde efectuar las reliquidaciones y pagos respectivos. Por ello, resolvió que los recurrentes tienen derecho a las diferencias reclamadas y ordenó al servicio regularizar sus situaciones, considerando las reglas de prescripción aplicables.

Normas citadas

  • Ley 18834 art/59
  • ley 18834 art/87 lt/d
  • ley 18834 art/88
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho un funcionario a contrata a cobrar diferencias de remuneración si fue ascendido a un grado superior manteniendo la titularidad de su cargo?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que, si las rentas del nuevo empleo son mayores a las que el funcionario percibe por la contrata que ejerce, corresponde efectuar las reliquidaciones y pagos respectivos. Por ello, reconoció el derecho a las diferencias reclamadas por los recurrentes.

¿Qué debe hacer un servicio público si un funcionario a contrata reclama el pago de diferencias por un ascenso en una planta distinta a su contrata?

En este caso, la Contraloría ordenó al servicio regularizar la situación de los funcionarios, considerando las reglas de prescripción aplicables, tras rechazar la postura del servicio de que no procedía el pago. Así, el criterio aplicado fue el del artículo 59 de la ley N° 18.834 y la jurisprudencia previa del organismo.

¿Qué dice la Contraloría sobre el pago retroactivo de diferencias remuneratorias en la Administración del Estado?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el pago retroactivo de las diferencias procede, sujeto a las reglas de prescripción aplicables, cuando las rentas del nuevo empleo superan las de la contrata que el funcionario ejerce. El dictamen se basa en el artículo 59 de la ley N° 18.834 y en su jurisprudencia previa.

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