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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de exigir, p…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de exigir, para postular a un concurso público de director de un establecimiento educacional, un título de profesor con una duración de ocho semestres. El órgano aclaró que los requisitos de ocho semestres que establecen otras leyes, como la ley N° 19.882 para la alta dirección pública y la ley N° 20.158 para la bonificación de reconocimiento profesional, sólo rigen para los empleos y beneficios a que esas normas se refieren, y no pueden trasladarse a la ley N° 19.070, que no contiene límite alguno de semestres para el título de profesor. En consecuencia, ordenó a la Municipalidad de Peñaflor considerar la postulación del interesado en el concurso de la escuela "S.P.C.", verificando sólo los requisitos formales del artículo 24 de la ley N° 19.070. Informar a la Contraloría en 15 días; no garantiza el resultado del concurso, que depende de la evaluación de idoneidad y de la decisión del sostenedor.

Normas citadas

  • ley 19882
  • dto 453/91 Educa art/89 inc/1
  • ley 19070 art/24 num/4
  • ley 19070 art/2
  • ley 20501 art/1 num/10 lt/b
  • ley 19070 art/24 inc/fin
  • ley 19882 art/cuadragésimo inc/fin
  • ley 20158 art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio exigir un título de profesor de ocho semestres para postular al concurso de director de un establecimiento educacional?

No, según este dictamen de la Contraloría General de la República. Los requisitos de ocho semestres de otras leyes solo rigen para los empleos y beneficios que esas normas regulan, y no pueden trasladarse a la ley N° 19.070, que no fija un mínimo de semestres para el título de profesor.

¿Qué requisitos deben verificarse en un concurso de director de escuela municipal según la ley N° 19.070?

En este caso, la Contraloría ordenó verificar solo los requisitos formales del artículo 24 de la ley N° 19.070 al considerar la postulación. Además, la Municipalidad de Peñaflor debe informar a la Contraloría en 15 días.

¿Asegura la Contraloría que el postulante quedará seleccionado si no se le exige el título de ocho semestres?

No. El dictamen solo ordena considerar la postulación y no garantiza el resultado del concurso, que depende de la evaluación de idoneidad y de la decisión del sostenedor.

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