Resumen
La Contraloría General de la República remitió al reclamante, un particular sancionado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), copia del informe de esa entidad relativo a la validez de las notificaciones de un procedimiento sancionatorio. La SEC explicó que notificó por carta certificada al domicilio registrado por el propio reclamante, quien no presentó descargos, por lo que aplicó una multa; al no constar devolución de los documentos por parte de Correos de Chile, las comunicaciones se presumen válidas conforme al artículo 22 de la ley N° 18.410. Asimismo, la SEC informó que el recurso de reposición fue desestimado, que la reconsideración fue rechazada por agotamiento de la vía administrativa y que la clausura temporal y la segunda multa derivaron de una fiscalización distinta. La Contraloría concluyó que no advierte reproches de juridicidad en lo informado y, en consecuencia, no acogió la alegación planteada.