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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública in…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, relacionado con la gestión de residuos peligrosos, en particular baterías fuera de uso. El órgano no alegó causales de secreto o reserva ni circunstancias de hecho que permitieran ponderar la entrega, por lo que el Consejo ordenó entregar la información solicitada. Si parte de ella no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo al reclamante y al Consejo, con las razones detalladas. Se fijó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y acreditar la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no entrega información solicitada por transparencia alegando que no la tiene?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque el órgano no alegó causales de secreto ni reserva. Si parte de la información no obra en su poder, el órgano debe comunicarlo al reclamante y al Consejo con las razones detalladas.

¿Cuál es el plazo para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para entregar la información y acreditar su cumplimiento. El incumplimiento queda sujeto al apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

¿Es posible reclamar contra una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo de acceso a la información?

En este caso, la decisión admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, que debe interponerse dentro de 15 días corridos. El resumen no detalla los fundamentos de una eventual impugnación.

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