Resumen
La Contraloría General de la República analizó la solicitud de un ex funcionario de Carabineros, exonerado político, que pidió considerar el abono del inciso noveno del artículo 12 de la ley N° 19.234 para obtener un tercer mayor sueldo en su pensión no contributiva. El organismo recordó su dictamen N° 20.108, de 2011, que concluyó que, cumplidos los requisitos del N° 1 del artículo 44 del DFL N° 2, de 1968, no existe impedimento para reconocer ese lapso, por ser discriminatorio limitar su efecto solo a los sueldos superiores anteriores al tercero. Constató que el recurrente cumple las condiciones, ya que, pese a permanecer 6 años, 11 meses y 15 días en el grado 13, el abono completa los diez años exigidos. En cambio, rechazó conceder un noveno trienio, por haberse ya computado en los ocho trienios que posee. En consecuencia, reconsideró el oficio N° 883, de 2011, reconoció el derecho del interesado y devolvió el expediente al Departamento de Pensiones de Carabineros para reliquidar la pensión.