Resumen del criterio jurisprudencial
El 15 de mayo de 2014 el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió sobre la reclamación presentada por Leighton Oliva contra el Servicio de Impuestos Internos. En la resolución de fojas 39 se ordenó a la parte reclamante señalar los fundamentos de derecho del reclamo y acompañar el acto reclamado, bajo apercibimiento del artículo 125 inciso final del Código Tributario. La parte reclamante sólo acompañó el acto reclamado y no presentó los fundamentos exigidos. El tribunal consideró que la parte no cumplió cabalmente con lo ordenado dentro del plazo conferido. En consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento y se declaró no presentada la reclamación de fojas 1. La resolución fue notificada a la parte reclamante y publicada en el sitio web del tribunal.