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Se trata de una reclamación presentada por la administradora electoral Sandra del Carme…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se trata de una reclamación presentada por la administradora electoral Sandra del Carmen Cerda Julio y por el candidato a Consejero Regional Carlos Alberto Mella Latorre contra la resolución N°G3443 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con tres observaciones la cuenta de ingresos y gastos de su candidatura y autorizó un reembolso de $736.766. Los reclamantes solicitaron tener por subsanadas las observaciones. El Tribunal acogió la reclamación respecto de la observación N°3, relativa al pago de $1.400.000 a la administradora electoral, por estimar suficiente el informe acompañado. En cambio, rechazó la observación N°4, referida al arriendo de un vehículo por $2.900.000, por considerar que el informe de actividades no reunía los presupuestos de suficiencia para acreditar el gasto. En cuanto a la observación N°6, por servicios de community manager por $500.000, el Tribunal estimó suficiente la prueba aportada. En definitiva, se acogió parcialmente la reclamación y se levantaron las observaciones números 3 y 6, manteniéndose la observación N°4.

TRICELjusticia electoralReclamación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.