Resumen del criterio jurisprudencial
El 20 de abril de 2019, doña Lorna Isabel Ureta Liberona ingresó al Servicio de Urgencia del Hospital de Rengo con síntomas de descompensación. Mientras esperaba ser trasladada al Hospital Regional de Rancagua, el personal médico la ubicó en una camilla de pasillo. Al intentar acostarla, la cabecera de la camilla se deslizó y cayó lateralmente, atrapando la mano derecha de la paciente y amputándole la falange del dedo meñique. La demandante presentó una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio contra el Servicio de Salud de O'Higgins. El tribunal de primera instancia acogió la demanda, condenando al Servicio a pagar $5.000.000 por daño moral, fallo confirmado por la Corte de Apelaciones de Rancagua. El demandado interpuso recurso de casación en el fondo, alegando infracción a las normas reguladoras de la prueba y a la sana crítica. La Corte Suprema rechazó el recurso, considerando que los jueces de instancia ponderaron correctamente las pruebas y no invirtieron la carga probatoria.