Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de un contratista de la Dirección de Obras Portuarias, cuyos derechos se vieron afectados por la inactividad y lentitud de dicho organismo en proporcionar la dotación de cargo de un transbordador, lo que le impidió tramitar y entregar, entre otros documentos, el certificado general de seguridad de la nave. El órgano contralor resolvió que los trabajos adicionales en la infraestructura portuaria necesarios para la entrada, salida, atraque o permanencia de la embarcación deben ser asumidos por la Administración, por constituir una ampliación del contrato que debió formalizarse de común acuerdo, citando el criterio del dictamen N° 12.473, de 2009. Asimismo, dictaminó que debe pagarse al contratista el costo de rehacer las letras del nombre del puerto de matrícula cuando la Dirección cambió la instrucción durante la ejecución, en virtud de que los acuerdos de voluntades tienen fuerza de ley para las partes. En cambio, los gastos de las pruebas de navegación no deben ser reembolsados, por estar comprendidos en las obligaciones del contratista. Finalmente, la Dirección no puede apropiarse del combustible no utilizado sin reembolso, pues ello implicaría un enriquecimiento sin causa para la Administración.