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La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco confirmó una sentencia del Tribunal Tribu…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco confirmó una sentencia del Tribunal Tributario y Aduanero de Temuco que rechazó un reclamo interpuesto por un contribuyente en contra de liquidaciones en las que se rechazó el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado y el costo asociado al Impuesto a la Renta de dos periodos tributarios, ordenando el reintegro de las cantidades que fueron devueltas al contribuyente por no ser fidedignas las facturas asentadas en la contabilidad del contribuyente. El tribunal de primera instancia consideró que frente a la objeción efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, le correspondía al contribuyente acreditar las circunstancias previstas en el artículo 23 N°5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios para lograr determinar la procedencia del crédito fiscal en los periodos cuestionados. Estableció el fallo que no había congruencia entre lo señalado en las liquidaciones objetadas con lo sostenido por el contribuyente y las pruebas rendidas por aquel.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.