El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de S…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de San Antonio, por la denegación de una solicitud de información sobre organizaciones sin fines de lucro, con el detalle indicado en la solicitud. El Consejo estimó que se trataba de información de naturaleza pública y que el órgano no acreditó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que justificaran la negativa. En virtud del principio de divisibilidad, el órgano deberá tarjar, antes de la entrega, los datos personales y sensibles de contexto que pudieran estar contenidos en la información, conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada. La resolución ordena al órgano entregar la información y acreditar su cumplimiento ante el Consejo, advirtiendo sanciones por no entregarla oportunamente. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo legal.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 19.628
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un órgano de la administración puede negarse a entregar información sobre organizaciones sin fines de lucro si no justifica una causal de secreto o reserva?
En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la información era de naturaleza pública y que el órgano no acreditó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que justificaran la negativa. Por ello acogió el amparo y ordenó la entrega.
¿Qué debe hacer un organismo público con datos personales contenidos en información pública que debe entregar?
El Consejo ordenó que, en virtud del principio de divisibilidad, el órgano tarje previamente los datos personales y sensibles de contexto que puedan estar contenidos en la información, conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada, antes de entregarla.
¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?
Según la resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro del plazo legal. Además, el órgano debe acreditar ante el Consejo el cumplimiento de la entrega.
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