Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i. no ha lugar al reclamo interpuesto a fojas 1 y siguientes por don pedro enrique santander peralta, abogado, cédula nacional de identidad n°10.253.151-5, en representación de la sociedad cam chile s.a., rut 96.543.670-7, en contra de la resolución exenta 17.100 n° 67, de fecha 08 de mayo de 2013, emitida por la dirección de grandes contribuyentes del servicio de impuestos internos, en consecuencia, se confirma la resolución reclamada. ii. no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.