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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública por la negativa a entregar información sobre un funcionario: su lugar de trabajo (centro o institución y comuna), su remuneración bruta y líquida, y el número de horas extras mensuales del último año. El Consejo ordenó la entrega previo tarjado de los descuentos voluntarios, de la individualización de instituciones de salud y administradoras de fondos de pensiones, en aplicación del principio de divisibilidad del artículo 11 letra e) de la Ley de Transparencia, y de todos los datos personales de contexto, conforme a la Ley N° 19.628 y al artículo 33 letra m) de la Ley de Transparencia. Se otorgó un plazo de 20 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, con acreditación de la entrega ante el Consejo. La resolución indica además que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿La remuneración de un funcionario público es información pública que debe entregarse por transparencia activa o por amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó entregar la remuneración bruta y líquida de un funcionario de la Subsecretaría de Salud Pública, junto con su lugar de trabajo y sus horas extras mensuales del último año.

¿Qué datos de un funcionario público se pueden tachar antes de entregar la información al solicitante?

En este caso, el Consejo ordenó tachar los descuentos voluntarios, la individualización de instituciones de salud y administradoras de fondos de pensiones, en aplicación del principio de divisibilidad, y los demás datos personales de contexto.

¿Qué plazo tiene un organismo público para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, se otorgó a la Subsecretaría de Salud Pública un plazo de 20 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para entregar la información y acreditar su cumplimiento ante el Consejo.

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