Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Collipulli, ordenándose la entrega de información relativa a los contratos suscritos por el servidor público que individualiza, así como antecedentes relativos al pago de sus honorarios. Lo anterior, por cuanto, atendido al tipo de función que desempeñan los servidores públicos, éstos están sujetos a un nivel de escrutinio de una entidad mayor, que supone un control social más intenso respecto de sus antecedentes, actuaciones y conducta. Adicionalmente, por cuanto se desestimó la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del Principio de Divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.