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El Tribunal de Contratación Pública conoció una acción de impugnación presentada por un…

Sentencia · Tribunal de Contratación Pública · 2020

Resumen

El Tribunal de Contratación Pública conoció una acción de impugnación presentada por una sociedad oferente contra el Ministerio de Bienes Nacionales, en el marco de una licitación pública para elaborar una propuesta de reglamento de expropiación. La impugnación cuestionaba el acta de evaluación de la comisión evaluadora y la resolución que adjudicó el contrato. El tribunal acogió la acción y declaró ilegales y arbitrarios ambos actos, dejándolos sin efecto, por falta de fundamentación de los puntajes asignados. Ordenó retrotraer el procedimiento a la etapa de apertura de las ofertas, publicar todas las propuestas, y realizar una nueva evaluación por una comisión no inhabilitada que explicite los antecedentes de cada puntaje. Para ello alzó la suspensión del procedimiento. Cada parte pagará sus costas.

Normas citadas

  • Ley 19.886
OrdinarioLicitación Pública

Preguntas frecuentes

¿Es ilegal el acta de evaluación de una licitación pública si la comisión no fundamenta los puntajes asignados a las ofertas?

En este caso, el Tribunal de Contratación Pública declaró ilegal y arbitrario el acta de evaluación porque los puntajes asignados carecían de fundamentación. Por eso dejó sin efecto dicha acta y la resolución de adjudicación.

¿Qué debe hacer el organismo cuando el Tribunal de Contratación Pública anula la adjudicación de una licitación por falta de fundamentación?

En este caso, el tribunal ordenó retrotraer el procedimiento a la apertura de las ofertas, publicar todas las propuestas y realizar una nueva evaluación por una comisión no inhabilitada. La comisión debe explicitar los antecedentes que respaldan cada puntaje.

¿Quién paga las costas en una acción de impugnación ante el Tribunal de Contratación Pública que es acogida?

En este caso, el tribunal acogió la acción impugnatoria, pero resolvió que cada parte pagará sus propias costas. Así, el oferente no recibió condena en costas contra el organismo licitante.

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