La Superintendencia del Medio Ambiente sancionó a la empresa Oriente Nipon SpA, titular…
Resolución · Superintendencia del Medio Ambiente · 2024
Resumen
La Superintendencia del Medio Ambiente sancionó a la empresa Oriente Nipon SpA, titular de un restaurante en Viña del Mar, por exceder los niveles de presión sonora nocturna permitidos por el D.S. N° del Ministerio del Medio Ambiente, N.E.R.. El procedimiento se originó en una denuncia por ruidos provenientes de extractores de aire, y tras una fiscalización se formularon cargos por obtener, en horario nocturno, niveles corregidos de 56 dB(A) y 55 dB(A) en un receptor sensible ubicado en Zona II, por sobre el límite de 45 dB(A) de la Tabla N° 1. La infracción fue clasificada como leve conforme al numeral 3 del artículo 36 de la LOSMA. Como la titular no presentó programa de cumplimiento ni formuló descargos dentro del plazo otorgado, la Superintendencia resolvió el procedimiento sancionatorio.
Normas citadas
Decreto Supremo N° 38
Ley N° 20.417
Ley N° 19.300
Ley N° 19.880
Decreto Supremo N° 70
Resolución exenta N° 2287
Resolución Exenta N° 52
Resolución Exenta N° 491
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un restaurante excede los niveles de ruido nocturno permitidos por la norma de emisión de ruidos en Chile?
En este caso, la Superintendencia del Medio Ambiente sancionó a un restaurante de Viña del Mar por exceder en horario nocturno el límite de 45 dB(A) para un receptor sensible en Zona II, clasificando la infracción como leve. El restaurante no presentó programa de cumplimiento ni descargos dentro del plazo.
¿Qué ocurre si una empresa no presenta programa de cumplimiento ni descargos en un procedimiento sancionatorio de la SMA?
En este caso, como la titular no presentó programa de cumplimiento ni formuló descargos dentro del plazo otorgado, la Superintendencia resolvió el procedimiento sancionatorio. Se trató de una infracción por ruidos provenientes de extractores de aire.
¿Cómo se origina un procedimiento sancionatorio por ruidos molestos ante la Superintendencia del Medio Ambiente?
En este caso, el procedimiento se originó en una denuncia por ruidos de extractores de aire de un restaurante, y tras una fiscalización se formularon cargos por niveles corregidos superiores al límite nocturno. La Superintendencia calificó la infracción como leve.
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Resolución · Superintendencia del Medio Ambiente · 2024
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.