Resumen
La Superintendencia del Medio Ambiente resolvió el procedimiento sancionatorio iniciado contra un establecimiento gastronómico de la comuna de Viña del Mar por ruidos molestos provenientes de equipos de música en horario nocturno, en infracción a la normativa de ruido. Conforme a la Ley Orgánica de la Superintendencia (LOSMA), la resolución impuso la sanción correspondiente y estableció que, de no pagarse la multa, las personas naturales que representen legalmente a la sociedad o actúen en su nombre responden subsidiariamente de su pago. Asimismo, dispuso que las sanciones prescriben a los tres años desde que la resolución quede a firme, interrumpiéndose con la notificación del procedimiento de ejecución o la formulación de cargos. Finalmente, ordenó que, una vez firme, la sanción sea anotada en el Registro Público de Sanciones de la Superintendencia, según el artículo 58 de la LOSMA y su reglamento.