Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de ex funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, exonerados políticos, que pedían reliquidar el desahucio que se les otorgó conforme al DFL N° 338, de 1960. El organismo concluyó que, a quienes se les aplica el Estatuto Administrativo antiguo por haber sido funcionarios antes del 23 de septiembre de 1989, el desahucio se rige por los artículos 102 y siguientes de ese decreto, y que su monto se determina según la remuneración computable y los años de servicios con cotizaciones al Fondo de Seguro Social. Por ello, no resultó aplicable un oficio previo referido a un ex funcionario del Ejército, regido por normativa distinta. Asimismo, precisó que el mayor grado de asimilación reconocido para pensiones no contributivas por gracia no aumenta el monto del desahucio. En consecuencia, concluyó que dos de los requirentes no tienen derecho a la reliquidación pedida, y ordenó a la División de Investigaciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública revisar los antecedentes de los demás y comunicarles el resultado.