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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la información presentado contra una municipalidad. Se ordenó entregar los montos recaudados por multas del Juzgado de Policía Local y la agenda del alcalde, rechazándose el resto de lo pedido. Respecto del correo electrónico institucional requerido, una consejera disidente estimó que concurre la causal de secreto o reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, fundándose en la exigencia constitucional de especificidad para restringir el derecho a la privacidad de las comunicaciones (artículo 19 N°5 de la Constitución), según la jurisprudencia citada del Tribunal Constitucional. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.918
  • Decreto supremo N° 634
  • Decreto supremo N° 157
  • D.S. N° 93
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar la entrega de información pública que un organismo municipal se niega a dar?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra una municipalidad y ordenó entregar los montos recaudados por multas del Juzgado de Policía Local y la agenda del alcalde, rechazando el resto de lo pedido.

¿Qué pasa con el correo electrónico institucional de un funcionario municipal cuando se pide por transparencia activa o pasiva?

En este caso, una consejera disidente estimó que concurre la causal de secreto o reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, basada en la protección constitucional de la privacidad de las comunicaciones y en la exigencia de especificidad de las restricciones.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que resuelve un amparo?

Según este caso, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.

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