Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de reconsideración presen…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de reconsideración presentada por un postulante a un concurso público para proveer un cargo de director de escuela municipal, que cuestionaba una segunda entrevista psicológica no contemplada en las bases. El organismo reconoció que, en virtud del principio de estricta sujeción a las bases previsto en el artículo 13 de la ley N° 19.880, dicha entrevista adicional no debió realizarse. Sin embargo, concluyó que ello no vició la validez del concurso, pues la candidata nombrada habría resultado ganadora aun considerando el puntaje de cualquiera de las dos entrevistas. Respecto de la alegación de que el psicólogo evaluador era funcionario de la misma municipalidad, no se aportaron antecedentes que acreditaran falta de imparcialidad, por lo que no se pronunció sobre ese punto. En consecuencia, se desestimó la reconsideración y se ratificó lo concluido por la Sede Regional del Biobío.

Normas citadas

  • ley 19070 art/32
  • ley 19880 art/13 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la administración realizar una entrevista adicional en un concurso público si las bases no la contemplaban?

En este caso, la Contraloría reconoció que, por el principio de estricta sujeción a las bases del artículo 13 de la ley N° 19.880, la entrevista psicológica adicional no debió realizarse. Aun así, concluyó que ello no invalidó el concurso porque la candidata nombrada habría ganado con cualquiera de las dos entrevistas.

¿Un error en la aplicación de las bases de un concurso público siempre anula el nombramiento?

No necesariamente. En este dictamen, la Contraloría sostuvo que la irregularidad no vició la validez del concurso, pues el resultado no habría cambiado al considerar el puntaje de cualquiera de las entrevistas. Por eso desestimó la reconsideración y ratificó lo resuelto por la Sede Regional del Biobío.

¿Qué ocurre si un evaluador de un concurso municipal es funcionario de la misma municipalidad y se alega falta de imparcialidad?

En este caso, la Contraloría no se pronunció sobre ese punto, porque no se aportaron antecedentes que acreditaran falta de imparcialidad del psicólogo evaluador. La alegación fue desestimada por falta de prueba, sin que el dictamen fije un criterio general sobre la materia.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2012 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República rechazó los reclamos sobre eventuales vicios en…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República rechazó una impugnación presentada contra un con…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de reconsideración de un…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una postulante…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

  • La Contraloría General de la República desestimó los reclamos presentados contra un con…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.