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La Contraloría General de la República debió pronunciarse sobre si Carabineros de Chile…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República debió pronunciarse sobre si Carabineros de Chile podía descontar de la remuneración de un funcionario los montos correspondientes a los derechos municipales de aseo domiciliario que gravaban la vivienda fiscal que utilizaba en la comuna de Independencia. El organismo señaló que, si bien el funcionario debía hacerse cargo de esa deuda, el artículo 40 del DFL N° 2, de 1968, solo permite descuentos por impuestos, cuotas o deudas de previsión, primas de seguros colectivos de salud y otros expresamente establecidos por ley o reglamento. Recordó que el derecho de aseo es una contraprestación por un servicio municipal y no un impuesto, por lo que no cabe su descuento. Además, no constaba que el funcionario hubiera autorizado la rebaja ni que el municipio hubiera gestionado el cobro, careciendo Carabineros de calidad de acreedor. En consecuencia, ordenó regularizar la situación, devolver lo descontado e informar en quince días hábiles.

Normas citadas

  • dfl 2/68 inter art/56 inc/1
  • dl 3063/79 art/7
  • dfl 2/68 inter art/40
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede Carabineros descontar de la remuneración de un funcionario el derecho municipal de aseo de la vivienda fiscal que ocupa?

No. En este caso, la Contraloría sostuvo que el artículo 40 del DFL N° 2, de 1968, solo admite descuentos por impuestos, cuotas o deudas de previsión, primas de seguros colectivos de salud y otros expresamente previstos por ley o reglamento. El derecho de aseo es una contraprestación por un servicio municipal y no un impuesto, por lo que no cabe su descuento.

¿Basta que el funcionario deba una cantidad a un municipio para que la institución pueda descontarla de su sueldo?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría señaló que, aunque el funcionario debía hacerse cargo de la deuda, no constaba que hubiera autorizado la rebaja ni que el municipio hubiera gestionado el cobro, y Carabineros no era acreedor. Por eso ordenó regularizar la situación y devolver lo descontado.

¿Qué debe hacer una institución pública si descontó indebidamente montos de la remuneración de un funcionario?

En este caso, la Contraloría ordenó a Carabineros regularizar la situación, devolver los montos descontados indebidamente e informar del cumplimiento en quince días hábiles. Así lo resolvió el organismo en el dictamen.

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