Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, por la negativa a entregar información sobre actos administrativos, llamados, y resoluciones exentas y afectas o no a toma de razón de la Contraloría General de la República, dictados por el servicio entre marzo de 2019 y marzo de 2024. La decisión ordena entregar lo solicitado, previa eliminación de los datos personales de contexto que contenga, como cédula de identidad, domicilio, nacionalidad, estado civil, teléfono o correo particular. Si parte de la información no obra en poder del órgano, éste deberá comunicarlo fundadamente en la etapa de cumplimiento. Además, se advierte la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia para el incumplimiento de la entrega ordenada, y se exige acreditar la entrega efectiva ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en 15 días corridos.