Tributario

Por su parte, el requisito de tener un giro exclusivo que impone la ley a las EST, simp…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2010

Resumen

Por su parte, el requisito de tener un giro exclusivo que impone la ley a las EST, simplemente se traduce para efectos comerciales y para la aplicación de lo dispuesto en el D.L. N° 825, de 1974, en que estas empresas siempre tendrán la calidad de agentes de negocios, y de esta manera, los servicios que presten en ejercicio de su actividad exclusiva constituirán hechos gravados con IVA del artículo 2 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. 4.- A mayor abundamiento, de la historia de la Ley 20.123, se desprende que se ha pretendido asimilar los servicios que efectúan estas entidades a los que realizan las agencias privadas de empleo, reguladas en la Convención 181 de 1997 de la OIT, que contiene normas sobre el suministro de trabajadores. En este sentido, la Convención entie

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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