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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un recurrente…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un recurrente que pretendía percibir el bono de reconocimiento por trabajos pesados regulado por la ley N° 20.734. El Instituto de Previsión Social informó que el cálculo de su bono se efectuó bajo la denominada Alternativa 1, que considera las 12 cotizaciones anteriores a julio de 1979, excluyendo imposiciones posteriores y remuneraciones paralelas, por haberse afiliado al sistema del decreto ley N° 3.500 en 1981. El organismo recordó que el bono de reconocimiento no puede pagarse directamente al beneficiario, sino que debe entregarse a la Administradora de Fondos de Pensiones. Respecto del bono de la ley N° 20.734, precisó que su artículo 10 solo beneficia a quienes eran funcionarios en servicio a la fecha de vigencia de la ley, condición que no se cumplía en el caso, pues el recurrente no figuraba en los registros de la Contraloría como funcionario público. En consecuencia, concluyó que el recurrente carece del derecho a percibir el bono que pretendía.

Normas citadas

  • ley 20734 art/10
  • CTR art/161 inc/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona cobrar el bono de reconocimiento por trabajos pesados de la ley 20.734 si no era funcionario público a la fecha de vigencia de la ley?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque el artículo 10 de la ley 20.734 solo beneficia a quienes eran funcionarios en servicio a la fecha de su vigencia, condición que el recurrente no cumplía al no figurar en sus registros como funcionario público.

¿A quién se debe pagar el bono de reconocimiento por trabajos pesados cuando el beneficiario está afiliado al sistema de pensiones del decreto ley 3.500?

En este caso, la Contraloría recordó que el bono de reconocimiento no puede pagarse directamente al beneficiario, sino que debe entregarse a la Administradora de Fondos de Pensiones a la que esté afiliado.

¿Cómo se calcula el bono de reconocimiento por trabajos pesados para quienes se afiliaron al sistema del decreto ley 3.500?

En este caso, el Instituto de Previsión Social aplicó la Alternativa 1, que considera las 12 cotizaciones anteriores a julio de 1979, excluyendo imposiciones posteriores y remuneraciones paralelas, por haberse afiliado al sistema en 1981.

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