Resumen
Corresponde rechazar la reclamación de avalúo basada en la aplicación errónea de las tablas de clasificación, si la parte reclamante no acredita que el inmueble sub-lite está destinado preferentemente a la producción agropecuaria o es económicamente susceptible de dicha producción en forma predominante. también corresponde rechazar la alegación subsidiaria, por la que se solicita la aplicación de un coeficiente guía de 0,38 y de un coeficiente corrector de terreno de 0,60, basada en la aplicación de la resolución ex. n°8, de 18 de enero de 2006 y ka circular n°10, de 10 de febrero de 2006, atendido que las mismas fueron dictadas para un proceso de reavalúo anterior, efectuado en el año 2006.