Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario de Gendarmería de Chile que reclamaba el pago de la bonificación por permanencia del artículo 19 de la ley N° 15.386. La norma exige copulativamente encontrarse en funciones, es decir, permanecer en actividad, y estar habilitado para percibir una jubilación sobre la base de un sueldo completo. Según la jurisprudencia del Organismo, la finalidad del beneficio es favorecer al personal que, pudiendo jubilar, continúa en su repartición. Como el recurrente había renunciado a su cargo a contar del 1 de septiembre de 2014, no cumplía el requisito de estar en funciones. En consecuencia, el organismo resolvió que no procede otorgar la bonificación.