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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto por un ciudadano contra el Servicio Nacional de Migraciones. El Consejo lo declaró inadmisible por extemporáneo. Además, advirtió a la institución que no respondió oportunamente la solicitud de acceso, lo que constituye una infracción a la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, y le requirió responder a la brevedad y adoptar medidas para que no se reitere. Se informó que el reclamante puede presentar un nuevo amparo si la respuesta le resulta insatisfactoria, dentro de quince días hábiles desde su notificación. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, dentro de quince días corridos, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no responde a tiempo una solicitud de acceso a la información en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia advirtió al Servicio Nacional de Migraciones que la falta de respuesta oportuna a la solicitud constituye una infracción a la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, y le requirió responder a la brevedad y adoptar medidas para que no se reitere.

¿Cuándo el Consejo para la Transparencia declara inadmisible un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo interpuesto por un ciudadano contra el Servicio Nacional de Migraciones por ser extemporáneo, es decir, presentado fuera del plazo legal.

¿Contra qué resoluciones del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?

En este caso, el Consejo señaló que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de quince días corridos, y que no procede el recurso de reposición. El reclamante también puede presentar un nuevo amparo si la respuesta le resulta insatisfactoria, dentro de quince días hábiles desde su notificación.

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